En el mes de junio se celebró un nuevo Día Internacional de la toma de conciencia del abuso y el maltrato en la vejez. La Dra. María Isolina Dabove, Directora del único Centro de Investigaciones en Derecho de la Ancianidad de nuestro país, reflexiona acerca del rol de los adultos mayores y plantea la necesidad de establecer una nueva normativa que los proteja.

Los casos de geriátricos clausurados por funcionar en malas condiciones; de ancianos engañados,
robados y golpeados; las publicidades agresivas hacia el sector; son algunas de las monedas más corrientes que hacen del abuso y la violencia que sufren los adultos mayores una situación que reclama la atención de la sociedad.

Desde el Derecho, puede dilucidarse que los distintos tipos de abuso y maltrato se producen en función del contexto que vive cada anciano. Así, por ejemplo, puede establecerse una diferenciación entre el abuso y el maltrato en el marco familiar, dentro de las instituciones o bien el que se produce a través de los medios de comunicación o incluso, desde la propia esfera estatal.



La Dra. Dabove sostiene que la raíz de estas formas de maltrato hacia los ancianos, independientemente del ámbito en el que se realicen, se vincula con la discriminación, la falta de aceptación de la sociedad actual y de la cultura actual por la vejez. “Todas estas situaciones tienen una raíz común, que deriva de las dificultades psicológicas, sociológicas y culturales de aceptar la última etapa de la vida, la decadencia física, aún cuando éstas sean normales, es decir, siempre que hablemos de una ancianidad sana”.

Dabove explica que el imaginario acerca de la vejez se torna difícil de aceptar dado que vivimos en una
cultura que sostiene un paradigma juvenil de belleza y salud, asociado con el vigor y la productividad, incluso, un paradigma economicista de la vida que lleva a relacionar a la vejez con la inutilidad y el despojo. De esta raíz provendrían los diversos tipos de abuso y maltrato para los cuales el Derecho aún no tiene herramientas de protección suficientes.

El campo familiar puede nombrarse como uno de los pocos ejemplos en los que se puede proteger a los ancianos, ya que cuenta con la ley de violencia familiar, aunque su especificidad para con el sector no está claramente definida. En esta ley no hay un claro abordaje de los ancianos, como sí los hay para las mujeres y los niños.

La Directora del Centro ubicado en la Facultad de Derecho, sostiene que si bien hay dos tipos de legislaciones vigentes -la nacional y la provincial- en Rosario, las situaciones más frecuentes de violencia dentro de la familia dan lugar a la aplicación de esta ley. Para su puesta en marcha es necesario realizar una denuncia ante cualquier juez de los tribunales provinciales, el cual queda habilitado inmediatamente para tomar estado de la situación, recibir pruebas y ordenar la situación de separación de la persona victimaria del abusador respecto del anciano, en función de la gravedad de la violencia. Con esta Ley, se trata de paliar una situación de violencia extrema pero dentro del núcleo familiar.

“En el plano de las instituciones, fundamentalmente en materia de geriátricos, los juzgados son un poco
remisos a la aplicación de la ley de violencia familiar, con lo cual la introducción de la mano del poder judicial en este ámbito implica una serie de restricciones para el ejercicio de ciertos derechos que son normales dentro de una empresa que se dedica a los geriátricos”, afirma Dabove y agrega que a los fines de no violentar los derechos de la propia empresa no siempre los jueces son proclives a aplicar esta ley. Con lo cual, en materia de geriátricos y en relación a la violencia que transcurre en este marco, no hay una protección eficaz. Lo mismo sucede en los casos de la violencia generada por los medios de comunicación o por el propio Estado: no hay herramientas jurídicas de protección. Para Dabove, la falta de normativa al respecto es una consecuencia de prácticas sociales en las que no se valora a la tercera edad:

Resulta importante destacar el concepto de ancianidad que debe tenerse en cuenta para llegar a una real
toma de conciencia, así como entender el papel que juega el Derecho para abordar estas problemáticas:

Dabove pone énfasis en dejar en claro que “mientras un juez no declare a un anciano incapaz o
inhabilitado, ese anciano es persona y puede actuar de pleno derecho”, y agrega que si a través de la educación y de los medios de comunicación podemos instaurar esta idea, podrán producirse cambios que operen en la vida cotidiana de todos y que mejoren la calidad de vida de los adultos mayores.

En última instancia, la especialista nombra a quienes deben ser los primeros en entender esta realidad
para poder transformarla. Entre estos actores, destaca el papel a la Escuela, por ser “una importante vía de adaptación al medio” y por último, hace hincapié en el rol de los profesionales del Derecho, quienes pueden otorgar herramientas desde la investigación científica o desde la docencia en materia de Derecho de la Ancianidad, aportando instrumentos para construir una normativa que sea eficaz para la defensa de los derechos de las personas ancianas.


* Dabove, María Isolina (2008). Abuso y maltrato en la ancianidad. Periódico Digital de la U.N.R.
Disponible en:
http://www.unr.edu.ar/noticia/179/abuso-y-maltrato-en-la-ancianidad

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